Indemnizaciones
La oferta motivada y la respuesta motivada de la aseguradora
Enrique Zarza · 17 de julio de 2026 · 5 min
La oferta motivada y la respuesta motivada
Una vez presentada la reclamación al asegurador, la Ley 35/2015 le obliga a emitir una oferta motivada o una respuesta motivada en el plazo de 3 meses.
Requisitos de la oferta motivada
Debe estar suficientemente justificada, indicar los daños e importes ofrecidos por cada concepto (lesiones temporales, secuelas, perjuicio estético, gastos, lucro cesante) y adjuntar los informes en los que se base.
Por qué la primera oferta suele ser insuficiente
- Valoración insuficiente de las secuelas.
- Minusvaloración del perjuicio estético.
- Exclusión de perjuicios patrimoniales.
- Falta de valoración del lucro cesante.
- Uso exclusivo de informes médicos de la propia aseguradora.
Qué hacemos nosotros
Revisamos la oferta, obtenemos informe pericial independiente, recalculamos todos los conceptos y negociamos hasta alcanzar el importe real que corresponde. Si no hay acuerdo, acudimos a los tribunales.