Indemnizaciones

La oferta motivada y la respuesta motivada de la aseguradora

Enrique Zarza · 17 de julio de 2026 · 5 min

La oferta motivada y la respuesta motivada

Una vez presentada la reclamación al asegurador, la Ley 35/2015 le obliga a emitir una oferta motivada o una respuesta motivada en el plazo de 3 meses.

Requisitos de la oferta motivada

Debe estar suficientemente justificada, indicar los daños e importes ofrecidos por cada concepto (lesiones temporales, secuelas, perjuicio estético, gastos, lucro cesante) y adjuntar los informes en los que se base.

Por qué la primera oferta suele ser insuficiente

  • Valoración insuficiente de las secuelas.
  • Minusvaloración del perjuicio estético.
  • Exclusión de perjuicios patrimoniales.
  • Falta de valoración del lucro cesante.
  • Uso exclusivo de informes médicos de la propia aseguradora.

Qué hacemos nosotros

Revisamos la oferta, obtenemos informe pericial independiente, recalculamos todos los conceptos y negociamos hasta alcanzar el importe real que corresponde. Si no hay acuerdo, acudimos a los tribunales.