Preguntas frecuentes
El plazo general es de un año desde la estabilización de las lesiones (alta médica). Es importante iniciar cuanto antes el procedimiento para asegurar todas las pruebas.
Trabajamos a resultado: no cobramos nada si no conseguimos indemnización. Los honorarios se descuentan solo del importe cobrado.
Se aplica el baremo de la Ley 35/2015, que valora las lesiones, secuelas, gastos médicos, pérdidas de ingresos y perjuicios personales.
El Consorcio de Compensación de Seguros cubre los daños en estos casos. Nos encargamos de tramitar la reclamación.
Sí, siempre que no haya prescrito el plazo. Analizamos cada caso de forma gratuita para determinar la viabilidad.
Sí, atendemos casos en todas las provincias de España, con desplazamientos siempre que sea necesario.
Depende del caso. Las indemnizaciones extrajudiciales pueden resolverse en 12-24 meses. Los procedimientos judiciales pueden extenderse 2-4 años.
Atestado policial, informes médicos, partes de urgencias e informe del alta médica. Si no los tienes, nosotros los solicitamos.