Ayuda de tercera persona
Información general · Revisada el 9 de septiembre de 2026 por José Enrique Rodríguez Zarza, abogado (ICAM 68.400)
Respuesta breve
Procede cuando las secuelas impiden realizar por uno mismo las actividades esenciales de la vida diaria. La cuantía depende de las horas de asistencia necesarias al día, de la edad de la persona lesionada y de su esperanza de vida, y se acredita con informe médico y de terapia ocupacional.
Qué actividades se consideran
Higiene, vestido, alimentación, movilidad, control de esfínteres y supervisión cuando existe riesgo por deterioro cognitivo o conductual.
Cuidado familiar
Que el cuidado lo preste un familiar no elimina el derecho a la indemnización: el sistema valora la necesidad objetiva de asistencia, no quién la presta.
Siguiente paso
Solicitar un informe que cuantifique horas diarias por actividad. Sin esa cuantificación, la aseguradora suele rebajar drásticamente el concepto.
Fuentes oficiales
Contenido informativo de carácter general, sujeto a revisión profesional. No constituye asesoramiento jurídico ni garantiza ningún resultado; cada caso exige un estudio individualizado.
Sobre el autor
José Enrique Rodríguez Zarza, abogado colegiado ICAM nº 68.400, con más de 30 años de ejercicio y dedicación al Derecho de la Circulación y a la defensa de grandes lesionados por accidente de tráfico.
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